QUIEN
debe
registrarse
Generador: “...toda persona física o jurídica que, como resultado de sus actos o de cualquier proceso, operación o actividad, produzca residuos calificados como peligrosos...” (Artículo 14, Ley Nº 24.051).
“Persona física o jurídica cuya acción o proceso lo hace pasible de estar sometido a la Ley Nº 24.051, ya sea porque los residuos que genera están comprendidos en la identificación de residuos peligrosos o bien por la cantidad generada” (Glosario Anexo I a) Decreto reglamentario Nº 831/93).
Generador Eventual: es “...toda persona física o jurídica que, como resultado de sus actos o de cualquier proceso, operación o actividad, produjera residuos calificados como peligrosos...en forma eventual, no programada o accidental...” (artículo 14 Decreto reglamentario 831/93)
QUE NECESITO
para registrarme
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